viernes, 27 de mayo de 2011

Instale un Cercado Eléctrico con seguridad

La Creciente demanda en la instalación de los cercados eléctricos en Venezuela, llevo en el año 2007 a un grupo de especialistas del área de la seguridad a crear parámetros técnicos y legales para la instalación adecuación y mantenimiento de estos sistemas.


Esta iniciativa de la mano de la doctora Ada Rafalli de Stuyt uso como marco a la cuidad de Maracaibo y el municipio del mismo nombre para la aplicación de este novedoso y hasta esta fecha único instrumento técnico-legal.
La aplicación de esta ordenanza que lleva por nombre ORDENANZA SOBRE NORMAS DE SEGURIDAD, PROTECCIÓN CIVIL, PREVENCIÓN DE SINIESTROS Y DESASTRES EN GENERAL EN EL MUNICIPIO MARACAIBO, y contempla una larga serie de situaciones entre las que destaca el capitulo VIII de los cercados eléctricos.


De la necesidad de seguridad y preservación de nuestras vidas y bienes se desprende una serie de artículos que consideramos deberás tomar en cuenta al momento de realizar la istalacion de este sistema en tu lugar de residencia o trabajo.


lo primero que debes hacer antes de realizar la instalación sera notificar por escrito al cuerpo de bomberos del municipio Maracaibo por escrito cono lo establece el articulo 74, de allí este suscribiría un ÚNICO permiso dando constancia que el mismo cumple con los requisitos mínimos de seguridad y no representa riesgo inminente a la colectividad.
Así mismo deberás ubicar una empresa reconocida para la instalación de manera de poder establecer responsabilidades en caso de presentar fallas de seguridad. Esta empresa deberá cumplir al pie de la letra el Artículo 76: Todo cerco eléctrico de seguridad deberá cumplir con las siguientes especificaciones:

a)       Si se instala en la parte superior de la cerca del inmueble, el nivel mínimo inferior de altura del Cerco Eléctrico no podrá ser menor de Dos metros Diez centímetros (2,10mts) tal como se evidencia en los gráficos signados como anexo No 1-A y 1-B de la presente ordenanza.
b)       Si la cerca del inmueble fuere una estructura metálica, o reja ornamental o cerca ciclón, y su altura fuere inferior a Dos metros con Diez centímetros (2,10mts), el Cerco Eléctrico deberá respetar una separación de Treinta centímetros (30cms) de la cerca debiendo ser instalado en forma perpendicular a la cerca del inmueble tal como se evidencia del gráfico signado como anexo No 2 de la presente ordenanza.
c)        Cuando existan tendidos eléctricos de alta tensión que estén alineados a la cerca del inmueble, el Cerco Eléctrico no deberá tener una altura superior a los Tres metros (3mts).
d)       No se permitirá la utilización de Cercos Eléctricos alimentados por corriente continua (CC), ni corriente alterna (CA) directa.
e)        No se permitirá la utilización de alambre de púas energizado.
f)        El amperaje del Cerco Eléctrico en función de la descarga, no podrá ser superior a los Cero Treinta amperios (0.30mA/H).
g)       Queda estrictamente prohibida la utilización de Cercos Eléctricos de ganadería en áreas residenciales, comerciales e industriales.
h)       Queda estrictamente prohibida la instalación de concertinas
i)         Todo cerco eléctrico deberá estar correctamente puesto a tierra a través de una barra copperweld cuyo largo no sea inferior a Un metro con Ochenta centímetros (1,80mts). Esta barra será de uso exclusivo para dicho sistema.
j)        Queda prohibido la puesta a tierra del Cerco Eléctrico utilizando las barras destinadas al servicio eléctrico o de estructuras metálicas que se desprendan del inmueble.

Una vez determinado el perfil de seguridad usted deberá pedir autorización expresa y por escrito de los vecinos que compartan linderos con el inmueble a proteger.

ya para finalizar le recordamos que los sistema de cercado eléctrico buscan disuadir a los posibles intrusos, pero respetando estas instrucciones evitara incurrir en situaciones de riesgo para los transeúntes y ocupantes del are protegida.